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REGISTRO DE SUSTANCIAS CANCERÍGENAS

RESOLUCIÓN 415/02 - CONSIDERACIONES GENERALES

¿Qué es?

Es la Resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que legisla sobre la presentación de la declaración jurada que deben hacer las empresas sobre el registro de sustancias cancerígenas.  

¿Qué empresas debe presentarlo?

Las empresas que produzcan importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito las sustancias o agentes que se enumeran en el listado en el ANEXO 1 de la Res. 415/02 “Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos».

¿Cómo presentarlo?

A través del Formulario 415 Anexo II, con carácter de declaración jurada. Debe presentarse el original en la sucursal más cercana de Experta ART. Descargá el formulario.

¿Es un formulario por establecimiento?

Si, se debe presentar un formulario por establecimiento.

¿Cada cuánto debe presentarse?

Debe presentarse anualmente, antes del 15 de abril con la información correspondiente al año calendario anterior.

 

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